Modalidad específica para los propietarios de viviendas alquiladas a terceros (el asegurado es le propietario de la vivienda alquilada).
¿Quién contrata el seguro? ¿El inquilino o el propietario de la casa? Nuestra póliza protege tu vivienda y tus intereses, si tienes arrendado tu loft, ático, bajo, pareado, chalé independiente o casa de campo a un tercero (arrendatario). Gracias a una protección específica para este tipo de situaciones, estarás cubierto frente al impago de alquileres o frente a posibles actos vandálicos que pudiese ocasionar el arrendatario.
¿Por qué tengo que pagar por lo que como arrendador no voy a utilizar?
Paga solo por lo necesario, creando una póliza a tu medida y ahorrando en la prima que pagas sin renunciar a la máxima protección.
Coberturas incluidas:
No tendrás que preocuparte por nada, nos hacemos cargo de los daños y pérdidas producidos por:
Coberturas específicas para el arrendador que están incluidas:
Coberturas opcionales:
Además, puedes personalizar la protección contratando de forma opcional:
En este tipo de viviendas, se hace aún más necesario contar con un buen servicio que pueda comenzar las reparaciones y terminarlas en el menor tiempo posible, para evitar quejas del inquilino o reducciones en el importe de la renta.
Localiza tu agencia de seguros Reale más cercana. Estamos a tu lado en nuestras 345 oficinas gracias a nuestros más de 3.000 asesores, que te informarán sin ningún compromiso. Además, te ofrecemos la posibilidad de que nos dejes tus datos y nosostros nos pondremos en contacto contigo.
Si tienes tu seguro con otras compañías como Caser, Mapfre, Catalana Occidente, AXA, Santa Lucía, Ocaso, Zurich o cualquier otra, te lo ponemos fácil para que puedas cambiar tu seguro de hogar a Reale.
Además, puedes consultar nuestros productos específicos para la vivienda: principal, desocupada y vivienda vacacional o segunda residencia.
En Reale Seguros, también podrás encontrar seguros para ti, como particular o autónomo, y para tu empresa: de coche, moto, comercio, comunidad y PYME y empresas.
Si es la primera vez que vas a contratar un seguro de moto, o estás a punto de cambiar el que actualmente tienes, pueden surgirte algunas dudas: ¿cualquier persona puede contratar un seguro de moto a terceros?, ¿cuál es la documentación necesaria para contratar un seguro a terceros para mi moto?, ¿me cubre mi seguro de moto fuera de España?, ¿es obligatorio tener un seguro de moto a terceros?
Nuestros seguros de moto son muy sencillos y rápidos de contratar, tan solo necesitamos la ficha técnica del vehículo, el carné de conducir y el DNI, pasaporte o NIE. Aunque esta es la información básica, en determinadas circunstancias puede ser necesario solicitar algún otro tipo de información complementaria.
Todas las coberturas de nuestros seguros, tienen validez en todo el territorio nacional, incluida Islas Canarias y Baleares y las ciudades de Ceuta y Melilla. Además, con las limitaciones expresadas en la póliza, el seguro tendrá validez en los paises miembros del Convenio Multilateral de Garantía y países miembros del Convenio Tipo Inter-Bureaux.
Cualquier conductor mayor de edad que tenga el correspondiente permiso para conducir la moto que desea asegurar. Sin límite de edad y sin solicitar un número de años mínimo en cuanto a la antigüedad del permiso.
Existe una obligación legal de tener un seguro en vigor que cubra al menos la "Responsabilidad Civil Obligatoria". El compromiso de REALE SEGUROS es ofrecer los mejores seguros, por este motivo completamos esta cobertura con otras, que creemos que son las mínimas para que el asegurado pueda circular con tranquilidad. Los seguros de REALE SEGUROS, no solo cubren esta responsabilidad, también te protegen en caso de incendio.
Siempre que se asegure el Contenido privativo de propietario único, Robo y daños por robo sufridos por los bienes asegurados en el interior de la vivienda.
Nota Informativa sobre la contrataciónDescargar
Nueva cláusula cobertura Riesgos Extraordinarios CCSDescargar
Manual de Eficiencia EnergéticaDescargar