Un seguro que se adapta tanto a las personas que solo necesitan el seguro que exige la ley para la práctica de esta actividad deportiva como también a aquellos pescadores que van más allá y quieren practicarla sin correr ningún riesgo. Configura tu póliza de forma sencilla seleccionando la cobertura de RC Obligatoria y añade las coberturas opcionales que necesites:
Cobertura Obligatoria:
- La Responsabilidad Civil voluntaria.
Te cubre frente a la obligación de indemnizar por los daños corporales y materiales causados a otras personas durante el ejercicio de la pesca, hasta el límite establecido en la póliza.
También quedan garantizadas la defensa jurídica, las fianzas y la reclamación.
Cuando a consecuencia de la práctica de esta actividad, pudieras ser civilmente responsable por daños personales o materiales ocasionados a un tercero, tendrás cubiertos los costes y gastos judiciales y extrajudiciales, siempre que la dirección jurídica y la designación de abogados y procuradores fuese asumida por Reale.
Coberturas opcionales:
- Garantía de accidentes del pescador: muerte e invalidez absoluta o parcial y asistencia sanitaria.
Mientras te encuentras pescando, no solo puedes dañar a otras personas o a sus bienes, también tú puedes verte implicado en un accidente, con consecuencia de fallecimiento por accidente o invalidez permanente absoluta o parcial por accidente.
Si durante la práctica de esta actividad sufrieses daños, por los que fuese necesario asistencia médica, farmacéutica u hospitalización, Reale abonará los gastos derivados con el límite del capital indicado en póliza
- Garantía de Asistencia en viaje para el practicante de la pesca.
Garantiza los posibles imprevistos que puedan surgir, única y exclusivamente, en el ejercicio de la caza o en la práctica del tiro deportivo y/o en sus desplazamientos, cubriendo, en caso de que necesites ayuda, cuando te encuentres en cualquier lugar a más de 25 km de tu domicilio (15 km en las islas Baleares y Canarias):
- Transporte sanitario cuando te encuentres herido o enfermo, incluyendo el transporte de los menores de 15 años que viajasen contigo, hasta su domicilio.
- Billete de ida y vuelta para que pueda acompañarte un familiar, en caso de que tengan que hospitalizarte por un periodo de más de 5 días. Si esto ocurriese en el extranjero, además abonamos los gastos de estancia de tu acompañante con un máximo de 10 días,
- Si como asegurado o herido, no pudieses volver a tu domicilio y fuese necesario prorrogar la estancia en un hotel, te pagamos los gastos de la estancia hasta el límite establecido, para ayudarte con los gastos.
- En caso de fallecimiento cubrimos la repatriación y el traslado hasta el lugar del entierro.
- Si fuese necesario interrumpir un viaje y regresar a España, a consecuencia del fallecimiento de cónyuges, padres, hijos o hermanos, nosotros nos hacemos cargo de tus gastos de transporte, hasta el lugar del entierro en España.
- Nos encargamos de transmitir los mensajes urgentes.
- Pérdida, daños y robo de equipajes y efectos personales.
- Etc.