Seguro de caza

Seguros de cazador

No seas el cazador cazado y protégete frente a cualquier imprevisto. La forma de practicar tu afición sin ninguna preocupación.

Conoce nuestro: Seguros de Cazador

La máxima protección al mejor precio.

¿Quién tiene que contratar un Seguro de Caza?

​La práctica de cualquier deporte implica una serie de riesgos, pero en el caso de la caza estos son aún mayores debido al uso de armas de fuego.


   Información legal de estos seguros:


El seguro del cazador se regula en el Real Decreto 63/1994 de 21 de Enero:
Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador de Suscripción obligatoria.


   ¿Para quiénes están recomendados estos seguros?

  • Practicantes de las modalidades de caza menor: al paso, al salto, a la espera, en ojeo u otras modalidades que tienen como objetivo abatir presas menores a un zorro común como: perdices, codornices, tórtolas, palomas y otros animales de pequeño tamaño.
  • Practicantes de las modalidades de caza mayor: rececho, a la espera, batidas o monterías, que tienen como objetivo la obtención de presas de mayor tamaño que un zorro común, tales como jabalíes, ciervos, gamos o corzos, entre otras.
  • Además, por la posibilidad de ampliar su cobertura al extranjero, es interesante para aquellos cazadores que salen fuera del territorio nacional.


   Personas que no tienen obligación de contratarlo.


No todos los que se encuentran en una montería u otra modalidad de caza deben ser titulares de estas pólizas. Quedan excluidas todas las personas que no porten armas de fuego y que participen en una en calidad de acompañantes, guías, batidores, arrieros, conductores o que ofrezcan cualquier otro  tipo de apoyo.  


   Seguro para el cazador. Quién puede contratarlo.

  • Los mayores de 14 años y menores de 70 
  • Aquellos que tengan en vigor el permiso de armas y la licencia de caza.

¿Qué cubre nuestro seguro para cazadores? Nuestras coberturas

​Nuestro seguro te permite configurar de forma sencilla una póliza que te protege frente a los principales riesgos en la práctica de esta actividad y también proteger a tu escopeta. Selecciona la RC Obligatoria y añade las coberturas que necesites:

Cobertura Obligatoria:
 
    -  La Responsabilidad Civil obligatoria.
 
Cubre al asegurado frente a la obligación de indemnizar por los daños corporales causados a otras personas con ocasión de la acción de cazar, hasta el límite legal establecido de 90.151,82 euros:

  • Quedan incluidos los daños corporales ocasionados por un disparo involuntario del arma, tanto durante la práctica de la caza como durante los tiempos de descanso, dentro del terreno donde se practica y durante la práctica de esta actividad.
     

Coberturas opcionales:

    - Responsabilidad civil de contratación voluntaria.

Si eres una persona precavida que quiere sentirse protegido más allá de lo que exige la ley, esta es tu cobertura. Incluye no solo daños corporales, sino también materiales, causados a terceros y perjuicios consecutivos directos causados involuntariamente a terceros durante el ejercicio de la caza, con posibilidad de contratar varias opciones de capital y además se añaden los siguientes supuesto no contemplados: 

  • Incluye los daños causados por hasta dos perros (quedan excluidas las razas consideradas como peligrosas, que deberán asegurarse aparte). 
  • Daños producidos durante el montaje y limpieza de armas de caza, durante todo el año y no solo durante la temporada de caza.
  • Daños causados durante competiciones deportivas, como tiro al plato, tiro de pichón y otras análogas (en campos autorizados por la Federación Española de Caza).
  • También quedan garantizadas la defensa jurídica, las fianzas y la reclamación.

    - Garantía de accidentes: muerte e invalidez absoluta o parcial.

Durante la práctica de la caza no solo puedes dañar a otras personas o a sus bienes, también tú puedes verte implicado en un accidente, con consecuencia de fallecimiento por accidente o invalidez permanente absoluta o parcial por accidente.

Además, Si durante la práctica de esta actividad sufrieses daños, por los que fuese necesario asistencia médica, farmacéutica u hospitalización, Reale abonará los gastos hasta el límite y con las limitaciones establecidos en la póliza.

    - Garantía de asistencia sanitaria por accidente.

Si durante la práctica de esta actividad sufrieses daños por los que fuese necesario asistencia médica, farmacéutica u hospitalización, Reale abonaría los gastos hasta el límite y con los límites establecidos en la póliza.

    - Garantía de asistencia en viaje.

Garantiza los posibles imprevistos que puedan surgir, única y exclusivamente, en el ejercicio de la caza o en la práctica del tiro deportivo y/o en sus desplazamientos, cubriendo, en caso de que necesites ayuda, cuando te encuentres en cualquier lugar a más de 25 km de tu domicilio (15 km en las islas Baleares y Canarias):

  • Transporte sanitario cuando te encuentres herido o enfermo, incluyendo el transporte de los menores de 15 años que viajasen contigo, hasta su domicilio.
  • Billete de ida y vuelta para que pueda acompañarte un familiar, en caso de que tengan que hospitalizarte por un periodo de más de 5 días. Si esto ocurriese en el extranjero, además abonamos los gastos de estancia de tu acompañante con un máximo de 10 días,
  • Si como asegurado o herido, no pudieses volver a tu domicilio y fuese necesario prorrogar la estancia en un hotel, te pagamos los gastos de la estancia hasta el límite establecido, para ayudarte con los gastos.
  • En caso de fallecimiento cubrimos la repatriación y el traslado hasta el lugar del entierro.
  • Si fuese necesario interrumpir un viaje y regresar a España, a consecuencia del fallecimiento de cónyuges, padres, hijos o hermanos, nosotros nos hacemos cargo de tus gastos de transporte, hasta el lugar del entierro en España.
  • Nos encargamos de transmitir los mensajes urgentes.
  • Pérdida, daños y robo de equipajes y efectos personales. 
  • Etc.

    - Daños al arma. Seguro para la escopeta.
 
Si eres de los quieres tener todo cubierto, también puedes proteger la pérdida total de tus armas (escopeta reglamentaria), ante las siguientes situaciones, con el límite de 600 euros por siniestro y año:

  • Robo de la escopeta en el domicilio o en el interior del vehículo durante el desplazamiento al lugar donde se practique la caza o el tiro deportivo.
  • Explosión o reventón del arma a consecuencia de encasquillamiento.  

    - Daños al perro
 
Se garantiza, hasta el límite máximo que figura en la póliza, el pago de la indemnización por la muerte sufrida por el perro propiedad del Asegurado. También quedan incluidos los gastos de atención a consecuencia de un accidente ocasionado por arma de fuego de otro cazador, distinto del Asegurado y durante o con ocasión de la acción de cazar.

Dónde y cómo contratarlo. Documentación y condiciones necesarias

​¿Qué hay mejor que tener a alguien cerca de ti que te explique las particularidades de un seguro de caza? Busca la dirección y el teléfono de tu agencia más cercana tan solo con el DNI. Acércate a tu agencia de seguros REALE o llámanos. Asesoramiento personal y especializado, sin ningún compromiso. 
   
    ¿Qué documentación necesito para contratar este seguro?
 
A la hora de contratar, deberás presentar la siguiente documentación:

  • DNI.
  • Permiso de armas en vigor.
  • Licencia de caza en vigor.

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