La compañía

Gobierno Corporativo

​Desde el Grupo Reale existe un fuerte compromiso en el cumplimiento de nuestros valores y los mismos guían nuestros comportamientos.

De esta forma y basándonos en el respeto a la legalidad, la corrección, la transparencia y las buenas prácticas empresariales, se ha establecido un Sistema de Prevención de Delitos Penales, en línea con la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas introducida la Ley Orgánica 1/2015, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal.


Esta Ley considera a las personas jurídicas como sujetos susceptibles de cometer delitos y de ser sancionadas con penas distintas y separadas de las que pudieran imponerse a sus administradores, empleados o representantes, siempre que se cometan en beneficio de la persona jurídica.


El objetivo del mencionado Sistema de Prevención de Delitos Penales es prevenir situaciones y actuaciones no éticas de los empleados, mediadores, proveedores u otros colaboradores externos que pudieran derivar en delitos con responsabilidad penal para Reale, y garantizar la corrección tanto en nuestras actuaciones como en las de nuestros grupos de interés.


El Sistema de Prevención de Delitos Penales de Reale se basa en:

  • Adopción de un Modelo de Organización, Gestión y Control, dirigido a garantizar la corrección y transparencia en el desarrollo de los negocios y de las actividades empresariales, a proteger su propia posición e imagen y las expectativas de los grupos de interés.
  • Creación de un órgano con poderes autónomos de iniciativa y de control, encargado de la supervisión del funcionamiento y del cumplimiento del Modelo, denominado Organismo de Vigilancia.

COMISIÓN DE AUDITORÍA


La Junta General Ordinaria de Accionistas de Reale Vida y Pensiones, Sociedad Anónima de Seguros celebrada el 18 de abril de 2023, ha acordado por unanimidad la supresión de la Comisión de Auditoría de esta sociedad, para que sus funciones sean asumidas en adelante por la Comisión de Auditoría de Reale Seguros Generales, S.A. Dichas funciones incluirán, como mínimo, las previstas en el artículo 529 quaterdecies, apartado 4, del Real Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, sin perjuicio de otras que puedan atribuírsele por los Estatutos sociales. Esta decisión está basada, fundamentalmente, en motivos de eficiencia en la supervisión y control de los procedimientos de control interno y de los sistemas de gestión de riesgos que se realizan a nivel de Grupo REALE en España.







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